Todo colegio está obligado a prevenir el acoso escolar y a actuar según sus protocolos cuando un estudiante es agredido, hostigado o discriminado. Cuando el establecimiento no reacciona, minimiza los hechos o aplica medidas desproporcionadas, la familia tiene herramientas legales para exigir una respuesta.

¿Qué se considera acoso escolar?

La Ley General de Educación define el acoso escolar como toda agresión u hostigamiento reiterado, dentro o fuera del establecimiento, realizado por estudiantes en contra de otro estudiante, que provoque maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave. Incluye el acoso por medios tecnológicos (ciberacoso), como grupos de WhatsApp, redes sociales o difusión de imágenes.

Además, la ley considera especialmente grave cualquier tipo de violencia física o psicológica cometida por un adulto de la comunidad educativa (director, profesor, asistente de la educación o apoderado) en contra de un estudiante.

Qué debe hacer el colegio

  • Tener un encargado de convivencia escolar y un plan de gestión de la convivencia.
  • Contar con un reglamento interno que incluya protocolos de actuación frente al maltrato, acoso escolar y vulneración de derechos.
  • Activar el protocolo cuando toma conocimiento de los hechos: investigar, escuchar a los involucrados, adoptar medidas de resguardo para la víctima e informar a las familias.
  • Aplicar medidas formativas y disciplinarias proporcionales y con debido proceso, también respecto del agresor.
  • Denunciar los hechos que puedan constituir delito: directores, inspectores y profesores tienen la obligación legal de hacerlo dentro de 24 horas.

Qué hacer si tu hijo sufre acoso escolar

  1. Registra todo: fechas, hechos, nombres, capturas de pantalla, certificados médicos o psicológicos.
  2. Informa por escrito al encargado de convivencia y a la dirección, y pide expresamente la activación del protocolo y medidas de resguardo.
  3. Exige respuestas por escrito sobre las medidas adoptadas y los plazos de la investigación.
  4. Si el colegio no actúa o su respuesta es insuficiente, presenta una denuncia ante la Superintendencia de Educación.
  5. Si hay riesgo para el niño, niña o adolescente, se puede solicitar una medida de protección ante el tribunal de familia. Si los hechos constituyen delito, corresponde una denuncia penal.

Cuando la sanción es injusta

La convivencia escolar también se afecta cuando el colegio sanciona sin investigar, sin escuchar al estudiante o aplicando medidas desproporcionadas. En esos casos asesoramos a la familia para presentar descargos, pedir la revisión de la medida y, si corresponde, recurrir a la Superintendencia o a la Corte de Apelaciones.

Preguntas frecuentes

¿El colegio es responsable si el acoso ocurre por WhatsApp o redes sociales?

El ciberacoso entre estudiantes está comprendido en la definición legal de acoso escolar, aunque ocurra fuera del horario de clases. El colegio debe activar su protocolo cuando toma conocimiento y adoptar medidas dentro del ámbito escolar.

¿Qué pasa si el que maltrata es un profesor?

La ley considera especialmente grave la violencia de un adulto de la comunidad educativa contra un estudiante. El colegio debe activar su protocolo, adoptar medidas de resguardo y, si los hechos pueden constituir delito, denunciarlos. La familia puede además recurrir a la Superintendencia.

¿Puedo exigir que cambien de curso al agresor?

Se pueden pedir medidas de resguardo para la víctima, como separar a los estudiantes o ajustar horarios. El colegio decide las medidas según su protocolo, pero debe fundarlas y priorizar la protección de quien sufre el acoso.

¿Qué hago si el colegio no responde?

Deja constancia escrita de tus solicitudes y de la falta de respuesta, y presenta una denuncia ante la Superintendencia de Educación. Si hay riesgo para tu hijo, evalúa una medida de protección ante el tribunal de familia.

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Esta página tiene finalidad informativa y no constituye asesoría legal para un caso concreto. Cada situación requiere revisar los antecedentes y el reglamento interno del establecimiento.

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